Si bien Agamben llega a desarticular la concepción de dictadura schmittiana a partir
de la violencia pura de Benjamin hasta encontrar el espacio vacío anómico desarticulado de
la violencia jurídica (constituyente fundamentalmente) no obstante en cuanto al concepto
de pater legibus ha queda intacto.
Esto es, el análisis que hace Agamben desarticula al estado padre, consecuente con
la simbólica de la mismidad de Dios padre, pero en cuanto a las relaciones no estatales, es
decir económicas, el espacio vacío anómico no alcanza a desarticular la misma lógica
paternal de la economía política burguesa. Simplemente el patrón burgués que reparte
salarios, vivienda y seguridad social consecuente son la simbólica del pater legibus ha
quedado intacto, y es más, la categoría de dictadura proletaria que se presentaba como un
momento fundacional a partir de una destrucción estatal se encuentra arqueológicamente
descuidado del análisis del estado de sitio como síntoma manifiesto de las crisis
económico-políticos que se producen en los estado nacionales modernos.
Reconstruyamos este último punto a partir de un supuesto de la tradición crítica que
es precisamente el supuesto sobre el proceso en la historia.
En el proceso histórico capitalista hay un momento de indefinición conceptual que
requiere ser fundado y por tanto fundamentado con una lógica diferente a la violencia
mítica (que es el eje de ataque de Benjamin y por su puesto de Agamben).
Al respecto, Marx propuso el concepto de dictadura proletaria para definir un
momento de “intervención severa” (Aguilar, 2016a: 166-186) en la constitución de los
estados. Por su parte, la tradición marxista había entendido por dictadura una continuidad
de la concepción jacobina del pueblo como educador de la nueva conciencia social (Draper,
1987: 30 ss), no obstante, los estudios que hemos realizado (Aguilar, 2016b :171 ss) sobre
la dictadura en Schmitt, señalan que la dictadura proletaria no se implicaba a partir de una
concepción del derecho romano, en este caso pater populus, sino que en el supuesto de la
dictadura soberana se hace referencia a una transición de un Estado de Derecho hacia un
Estado Económico o situación económica que motiva un orden de naturaleza diferente a los
ordenes jurídicos como los conocemos hasta ahora, es decir, que la transición o
transformación de naturaleza de un orden jurídico hacia otro distinto, no se explica a partir